Se ordena el cierre de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otros establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional, permitiéndose únicamente la prestación de los servicios de vigilancia, seguridad y mantenimiento en dichos establecimientos.
El cierre deberá practicarse en el instante en el que el establecimiento no disponga de clientes a los que deba atender y, en todo caso, antes del 27 de marzo de 2020.